TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Aprobado por Decreto Supremo N° 025-2015-PRODUCE Publicado el 16 de diciembre del 2015
TUPA 9
EMISIÓN O AMPLIACIÓN DE PROTOCOLO TÉCNICO PARA HABILITACIÓN SANITARIA PARA DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES (DPAS), MUELLES, SISTEMAS DE DESCARGA, PUNTOS DE DESCARGA PARA MOLUSCOS BIVALVOS VIVOS.

  COMUNICADO :   Medidas de simplificación administrativa

Requisitos para el trámite
  1. Solicitud dirigida a la Dirección de Habilitaciones y Certificaciones Pesqueras y Acuícolas del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES. (*)
  2. Copia del Permiso otorgado por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú (Derecho de uso acuático).
  3. Programa de Higiene y Saneamiento (PHS) en formato digital pdf.
  4. Programa de Buenas Prácticas de Manipulación en formato digital pdf.
  5. Copia de voucher de pago. (**)
  • En caso de Desembarcaderos ya construidos, que soliciten por primera vez la habilitación
    Se presentará los requisitos del Nro. 1 al Nro. 5, además:
    1. Memoria Descriptiva (desarrollo del diseño y construcción de acuerdo a la normativa sanitaria).
    2. Copia de los siguientes planos:
      1. Plano de ubicación, visado por un Arquitecto o Ingeniero.
      2. Plano de distribución de áreas y equipos, visado por un Arquitecto o Ingeniero.
      3. Plano de instalaciones sanitarias de agua y desagüe, visados por un Ingeniero Sanitario.
  • En caso de Sistemas de Descarga
    Se presentará los requisitos del Nro. 1 al Nro. 5, además:
    1. Copia del plano de distribución de áreas y equipos, visado por Ing. Mecánico o Naval.
    • (*) La documentación podrá presentarse ante la Oficina Desconcentrada del SANIPES donde esté ubicado el establecimiento
    • (**) Procedimiento sujeto a Auditoría Sanitaria
Formularios
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Base Legal
  • Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, Art. 9 literal i), Pub. (10/07/2013).
  • Ley N° 28858, Ley que complementa la Ley N° 16053 Ley que autoriza a los Colegios de Arquitectos del Perú y al Colegio de Ingenieros del Perú para supervisar a los profesionales de arquitectura e ingeniería de la República, Art. 1°, Pub. (29/07/2006).
  • Ley N° 28966, Ley que complementa el marco legal vigente referido al ejercicio profesional arquitecto, Art. 3°, Pub. (24/01/2007).
  • D.S. N° 012-2013-PRODUCE, Reglamento de la Ley N° 30063, Art. 16° y Art. 26 Pub.(27/12/2013).
  • D.S. N° 040-2001-PE, Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, Art. 15°, Art. 16°, Art. 19°, Art. 20, Art. 22°, Art. 25°, Art. 27° al Art. 29° Pub. (17/12/2001).
  • D.S. N° 009-2014- PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, Art. 53° literal a), Pub. (06/11/2014).
  • D.S. Nº 034-2008-AG,Reglamento de Inocuidad de los Alimentos, Primera Disposición Complementaria Final, Pub. (17/12/2008).
  • Anexo I del Art. 1 del Decreto Supremo que aprueba el TUPA.
Banco de la Nación

Cuenta Corriente N°00-068-348110
Organismo Nacional de Sanidad Pesquera

Nota: Considerar como DEPOSITANTE: RUC y razón social de la empresa que solicita el trámite.

Nota para el ciudadano:
(*) En caso de que se realice el pago de tasas administrativas a través de la VUCE, utilizando el sistema de pago electrónico de SUNAT, se aplicará el redondeo de dichas tasas.

Derecho de tramitación (*) (En S/.)
TUPA 2015
S/. 1,807.50
Nota para el ciudadano:
(*) Forma de pago: Pago en efectivo en el Banco de la Nación
Plazo para resolver (en días hábiles)
Quince (15) días
Calificación
Evaluación Previa Negativa
Instancias de Resolución de Recursos
  • Reconsideración: Director de Habilitaciones y Certificaciones Pesqueras y Acuícolas
    • Plazo de presentación: 15 días
    • Plazo para resolver: 30 días
  • Apelación: Director Ejecutivo
    • Plazo de presentación: 15 días
    • Plazo para resolver: 30 días